El Pleno del Congreso aprobó con 63 votos a favor la iniciativa fujimorista que modifica el Código Penal para incorporar los delitos de lesa humanidad de acuerdo con los términos establecidos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

Contar con una tipificación expresa de estos crímenes en el Código Penal podría parecer positivo, sin embargo, el proyecto de ley excluye conceptos de la tipificación de este tipo de delito en el derecho internacional.

El Estatuto de Roma establece que “cualquier acto establecido en el artículo 7 numeral 1 (del estatuto) será un crimen de lesa humanidad, siempre que se cometa contra una población civil, con conocimiento de dicho ataque y como parte de un ataque generalizado o ataque sistemático”.

La propuesta, promovida por el congresista Fernando Rospigliosi, en cambio, añade otras especificaciones. Menciona que se trata de un crimen de lesa humanidad siempre que se cometa contra una determinada población civil por temas de origen, raza, religión, cultura; así como a un “grupo humano que no es parte de un combate interno o externo”.

Además, el dictamen pide que el delito sea parte de “una línea de conducta de comisión múltiple, masiva, frecuente y a mayor escala”.

Propuesta fujimorista distorsiona el Estatuto de Roma

Carlos Rivera, abogado especialista en derechos humanos, resaltó en un artículo publicado en IDL que la propuesta “distorsiona” lo establecido en el Estatuto de Roma y, además, incluye “estándares abiertamente inconstitucionales”.

Por ello, considera que se trata de “otra puerta de impunidad para los militares y policías que están procesados o que han sido condenados por delitos que el Poder Judicial ha calificado como crímenes de lesa humanidad”.